Todo lo que debes saber del periodo de prueba

¿Qué es un período de prueba a nivel laboral?

El período de prueba es el tiempo en el cual el empleador puede valorar las aptitudes de la trabajadora y su capacidad para desempeñar y cumplir con las funciones del cargo para el cual ha sido contratada. (artículo 76 del Código Sustantivo del Trabajo).

El período de prueba para empleadas domésticas es válido, siempre y cuando se especifique dentro de un contrato escrito; en donde además se pactan las condiciones de trabajo, las actividades a desempeñar, el horario de trabajo, el salario mensual o por días para los empleados con esta modalidad.

¿Cómo aplica el período de prueba según los diferentes tipos de contrato?

Contrato a término fijo: Con el fin de evaluar las capacidades del trabajador, se puede incluir un período de prueba. En el caso de contratos menores a 1 año, no debe ser superior a la quinta parte de la duración de este. Para contratos de 12 meses, el tiempo total del período de prueba no debe ser superior a dos meses.

Contrato a término indefinido: Tiene como requisito el cumplimiento de un período de prueba para empleadas domésticas, este tiempo nunca será superior a dos meses y debe especificarse por escrito dentro del contrato de trabajo, así como especificar la duración del mismo.

¿Es válido tener un período de prueba para empleadas domésticas sin que se realice la afiliación a seguridad social?

Es obligatorio que las afiliaciones a seguridad social se realicen a cada una de las entidades de seguridad social, desde el primer día laboral de la empleada. Independientemente de si se hará o no un retiro durante el período de prueba, desde el día uno debes cumplir con todo lo de ley, incluso sí dura muy poco la relación laboral con el empleador.

¿El período de prueba aplica si se tiene un contrato verbal?

NO. La única forma de gozar con un período de prueba es que este se encuentre por escrito en un contrato laboral y firmado por ambas partes. 

Por lo tanto, debes tener en cuenta que:

  • El período de prueba para empleadas domésticas o cualquier otro trabajador del hogar, debe acordar por escrito sin excepción alguna y ser pactado expresamente entre las partes.
  • Si no se hace por escrito, no tiene validez, es decir, no existe y tú como empleador no puedes despedir a tu trabajadora por la justa causa de “período de prueba” y en este caso tendrás que indemnizar acorde al tipo de contrato. 

En caso de que el empleador decida retirar a su empleada por período de prueba, debe realizar y pagar la liquidación correspondiente al empleado, además retirarlo de la seguridad social. Así se da por terminado el vínculo laboral entre las dos partes de manera correcta.

Si la trabajadora renuncia durante el período de prueba, puede hacerlo y la liquidación se realiza por motivo renuncia. Es importante que ella entregue una carta escrita y firmada expresando su renuncia cómo soporte de esta decisión.