¿Cómo se deben reconocer las vacaciones anticipadas?

Las vacaciones anticipadas, se refiere a que la trabajadora del hogar disfruta de su periodo antes de cumplir el (1) año de trabajo.

En ese orden, puede disfrutar de las vacaciones anticipadamente, siempre y cuando haya llegado a un acuerdo con su empleador y estas se deben pagar de la misma manera.

  • Se recomienda que este acuerdo quede por escrito en un documento de notificación.
  • Al momento de pagar ese periodo de vacaciones, el día que inicia a descansar, se deje constancia del pago realizado. Si cae en la fecha de pago de la nómina se puede incluir en ese comprobante de nómina.
  • No afectan las prestaciones sociales ni la nómina.
  • En caso de terminación del contrato, ya no se debe volver a pagar vacaciones, pues ya se reconocieron anticipadamente.
  • Tampoco se deben DESCONTAR de la liquidación final. Es el riesgo que asume el empleador al darlas antes de generarse el derecho.

Ejemplo:

La trabajadora ingresó el 01 de marzo de 2022 y cumple su primer año de trabajo el 01 de marzo de 2023.


Sin embargo, la trabajadora acordó con el empleador salir a vacaciones en diciembre 2022.

Se toma sus (15) días hábiles en diciembre y el día que sale a su periodo de vacaciones, recibe el pago de todo el periodo.

Cuando llegue el pago de la quincena o del mes, se paga sólo los días trabajados, pues ya recibió anticipadamente parte del pago por el tiempo de vacaciones.

Si sale a vacaciones el 02 de diciembre de 2022 y regresa el 27 de diciembre de 2022.

  • El 02 de diciembre le pagan esos días de vacaciones.
  • el 30 de diciembre le pagan la nómina solo de los días laborados el 1, 28, 29, 30 y 31 de diciembre.