Este contrato permite al empleador contratar un trabajador por un periodo definido de tiempo, no mayor a 2 años. Este se puede prorrogar las veces que sea necesario por períodos iguales, mayores o menores al primer contrato suscrito, siempre y cuando este se hubiera pactado por un tiempo menor a un año, en caso contrario solo se podrá renovar por el mismo o mayor tiempo; después del cuarto año de trabajo, bajo esta modalidad de contrato, es obligatorio que el mismo tenga una duración como mínimo de un año y las prórrogas posteriores no pueden tener una duración inferior a este.
Este tipo de contrato incluye un periodo de prueba, con el fin de evaluar las capacidades del trabajador. En el caso de contratos menores a 1 año, este no debe ser superior a la quinta parte de la duración de este, el tiempo total del periodo de prueba no debe ser superior a 2 meses. Adicional a la liquidación y pago de vacaciones sobre el tiempo laborado. El trabajador tendrá derecho al pago de prestaciones sociales durante la vigencia del contrato.
Al aceptar el proceso de reactivación automática nuestro sistema renovará de forma automática el contrato a término fijo por el mismo tiempo inicialmente creado.
Recuerda que según la ley si decides NO renovar este contrato deberás notificar por escrito a la empleada de tu hogar por lo menos 30 días antes de la fecha de finalización.