¿A quién se puede afiliar como beneficiario?
Los trabajadores de tu hogar pueden afiliar como beneficiarios a miembros de su núcleo familiar de la siguiente manera:
- El cónyuge o compañero(a) permanente, incluyendo las parejas del mismo sexo.
- Hijos, ya sean propios o del cónyuge, siempre que sean menores de veinticinco (25) años o de cualquier edad con incapacidad permanente, siempre y cuando dependan económicamente del cotizante.
- Los menores de dieciocho (18) años que hayan sido entregados en custodia legal por la autoridad competente, en las entidades que lo permitan.
- Padres, que dependan económicamente del cotizante, no estén pensionados y los tengan afiliados a EPS. siempre y cuando no tengan como beneficiarios al cónyuge o hijos.