¿A quién se puede afiliar como beneficiario?

Los trabajadores de tu hogar pueden afiliar como beneficiarios a miembros de su núcleo familiar de la siguiente manera: 

  1. El cónyuge o compañero(a) permanente, incluyendo las parejas del mismo sexo.
  2. Hijos, ya sean propios o del cónyuge, siempre que sean menores de veinticinco (25) años o de cualquier edad con incapacidad permanente, siempre y cuando dependan económicamente del cotizante.
  3. Los menores de dieciocho (18) años que hayan sido entregados en custodia legal por la autoridad competente, en las entidades que lo permitan.
  4. Padres, que dependan económicamente del cotizante, no estén pensionados y los tengan afiliados a EPS. siempre y cuando no tengan como beneficiarios al cónyuge o hijos.